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18 de septiembre de 2013

Normativa sobre los distintos símbolos nacionales de Chile.

El artículo 2º de la constitución política de Chile declara que son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional, sin establecer explícitamente cómo son, tarea que queda para normas de menor rango. En particular:
  • Una ley de 1834 especifica las características del escudo.
  • Un decreto de 1967 determina los emblemas nacionales y reglamenta su uso. El texto de este decreto recoge y lista todas las normas antiguas sobre este tema. También habla de la escarapela, símbolo que había tenido el mismo rango de la bandera y el escudo de armas, pero que fue abandonado por la constitución de 1980.
  • Un decreto de 1980 establece el texto oficial de la letra y la música del himno nacional; hace referencia a anteriores normas similares, de 1909 y 1941.
Hasta aquí vamos bien. Sin embargo, hay otras normas que instituyen más símbolos, que están fuera de lo indicado por la constitución. En particular:


Actualmente, el Congreso Nacional actualmente tramita varios proyectos de ley que buscan declarar como deporte nacional a: las carreras a la chilenala rayuelala rayuela (de nuevo), la jineteada y los juegos deportivos ancestrales de los pueblos originarios (notarán la ausencia del rodeo de esta lista).

Esperemos que esto no continúe, para no terminar como algunos estados de USA, que tienen poemas estatales, bebidas estatales, mariposas estatales, crustáceos estatales, instrumentos musicales estatales, dinosaurios estatales, comidas estatales, reptiles estatales, armas de fuego estatales, árboles estatales, juguetes estatales y hasta pastos estatales. Al tener tantos símbolos nacionales, se degrada la importancia de cada uno de ellos, especialmente la de los que sí deben estar (bandera, escudo de armas e himno).

17 de septiembre de 2013

El rodeo, ¿deporte nacional? ¿Seguro?

Los aficionados al rodeo suelen decir que éste es el "deporte nacional" de Chile, declarado así gracias al "oficio N° 269 del 10 de enero de 1962 del Consejo Nacional de Deportes y Comité Olímpico de Chile". No tengo más que declararme en desacuerdo: el oficio en cuestión siempre es citado pero nunca es mostrado - simplemente no está en ninguna parte y por lo tanto no podemos saber qué exactamente dice ni si efectivamente existe. Asumiendo que lo afirmado respecto del oficio fuese cierto, sigue habiendo un problema: el (hoy desaparecido) Consejo Nacional de Deportes era una entidad privada, no estatal, por lo que no puede darle carácter oficial a lo que sea que determine. Esta declaración no es distinta de, por ejemplo, el Colegio Médico declarando el 3 de diciembre como Día del Médico - éste día no es oficial, pues no hay ninguna ley o decreto presidencial declarándolo así.

Si los aficionados al rodeo pueden declarar como "deporte nacional" a su favorito, misma cosa pueden hacer otros aficionados... en particular, el fútbol. Tiene mayor actividad, tanto amateur como profesional, tiene más hinchas, tiene mayor cantidad de infraestructura dedicada (estadios), goza de mayor cobertura periodística, maneja más dinero, etcétera. El fútbol ciertamente califica como "deporte nacional" de mejor manera que el rodeo.

En fin...